La Municipalidad lanzó el Decreto 101 en el cual se establecen los horarios de las actividades que están contempladas en el Decreto Presidencial del viernes y en el Decreto 474 del Gobierno de la Provincia, para liberar de a poco el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
Este lunes comienza a regir lo concerniente a deportes. Las actividades al aire libre se habilitan para todos los días de 8 a 19 horas. Para gimnasios y clubes, de lunes a sábados de 8 a 19 horas también.
Las entidades, comercios o gimnasios que deseen comenzar, tienen que tener presentado el protocolo sí o sí. En este sentido, esto es lo que regula el Decreto 474 al que adhiere el Comité de Crisis de Coronda.
1.- Habilitación de las instalaciones a los fines de la práctica de actividades deportivas que no implíquen contacto físico entre los participantes, las que se definen en el Anexo Único que se considera parte integrante del presente, a partir del 8 de junio de 2020, previa aprobación de los protocolos presentados por cada entidad, que contemplen las adaptaciones y medidas de higiene y prevención a tomar en las instalaciones y la modalidad particular de desarrollo de cada disciplina, respetando en lo que correspondiere el protocolo base (PROBA), aprobado por el Ministerio de Salud y la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, y con las siguientes especificaciones:
a) con participantes a partir de los dieciseis (16) años de edad;
c) disponiendo un sistema de turnos, para evitar sobrepasar la cantidad de asistentes a las instalaciones que resulte prudente determinar en cada caso,
d) en espacios abiertos o suficientemente ventilados, incluyendo en los mismos a los gimnasios que reúnan tales características, garantizando en todos los casos el distanciamiento social;
e) sin espectadores;
f) sin reuniones previas o posteriores a la práctica;
g) sin habilitar espacios de uso común y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores; habilitando solo baños exteriores; h) debiendo, los que van a realizar la práctica, concurrir por sus propios medios, llevando sus elementos individuales de higiene, hidratación y prevención y cumplimentando las medidas de distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón al momento de desplazarse hacia y en las instalaciones, conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 0347/20;
i) disponiendo, de ser posible, distintas puertas de ingreso y egreso;
j) arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, en especial los propios de cada disciplina, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre;
k) llevando un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.
En cuanto a los deportes individuales incluidos en esta nueva etapa, son: Atletismo (excluidas las postas). Arquería. Automovilismo (sin acompañantes). Tiro. BMX. Motociclismo. Running. Ciclismo. Canotaje, remo y kajak (individual). Gimnasia artística y con aparatos. Equitación. Golf. Halterafilia. Marcha atlética. Patín artístico. Windsurf. Kitesurf.
B) Deportes individuales en interacción con oponentes: Tenis. Pelota a paleta. Tenis con paleta o criollo. Fútbol tenis. Tenis de Mesa. Padel. Bochas. Se permite entrenamiento individual con interacción de juego, respetando la distancia de seis (6) metros entre los participantes, y sin compartir elementos deportivos.
C) Se habilitan solo a los fines del entrenamiento individual: Boxeo. Judo. Lucha. Artes Marciales.
D) Disciplinas colectivas o en equipos, solo a los fines del entrenamiento individual, conforme los protocolos específicos para cada disciplina, complementarios a los establecidos para las instalaciones, que presenten al efecto las asociaciones o entidades, y que cuenten con la aprobación de la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
Por el momento, tanto Fútbol 5 como pesca no fueron habilitados.
El resto
Recordemos que los bares y restaurantes podrán habilitar sus instalaciones entre las 11 y las 23 incluyendo take away y delivery; reuniones sociales y familiares los sábados, domingos y feriados de 8 a 19 horas; cementerio municipal todos los días de 8 a 18 horas; y la actividad comercial se amplió hasta las 19 horas.