Informamos a la comunidad de Coronda, que tras la Decisión Administrativa N°524, a través de la cual, el Gobierno Nacional, exceptúa nuevas actividades del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, el Gobernador de la Provincia Omar Perotti ha informado a los Intendentes y Presidentes Comunales sobre los alcances y reglamentación de las mismas, dándole facultad a los Municipios y Comunas, de organizar dichas actividades para tratar de mantener el mayor distanciamiento social posible.
En tal sentido, las siguientes son las actividades que podrán empezar a funcionar en la ciudad de Coronda, a partir del día lunes 20 de Abril, bajo la reglamentación que aquí se detalla.
- Oficinas de rentas de las provincias y Municipio CON SISTEMAS DE GUARDIAS MÍNIMAS Y TURNOS
- Actividad registral nacional y provincial, CON SISTEMAS DE GUARDIAS MÍNIMAS Y TURNOS.
- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas.
a) SÓLO BAJO LA MODALIDAD DE ENTREGA A DOMICILIO. NINGÚN RUBRO HABILITADO EN ESTA NUEVA DECISIÓN ADMINISTRATIVA, PODRÁ ABRIR SUS PUERTAS PARA REALIZAR ATENCIÓN AL PÚBLICO.
b) LOS COMERCIOS QUE YA VENÍAN FUNCIONANDO CON ANTERIORIDAD A ESTA DECISIÓN ADMINISTRATIVA, SEGUIRÁN HACIÉNDOLO BAJO LA MISMA MODALIDAD QUE HASTA EL MOMENTO.
c) A EXCEPCIÓN DE LOS RUBROS ALIMENTICIOS Y DE FARMACIA, TODOS LOS DEMÁS RUBROS DEBERÁN ENTREGAR LOS PEDIDOS A DOMICILIO EN EL HORARIO DE 09:00 A 13:00 SIN EXCEPCIÓN. - Atención médica y odontológica programada, DE CARÁCTER PREVENTIVO Y SEGUIMIENTO DE ENFERMEDADES CRÓNICAS, CON SISTEMA DE TURNO PREVIO.
- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, CON SISTEMA DE TURNO PREVIO.
- Ópticas, CON SISTEMA DE TURNO PREVIO.
- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. EN NINGÚN CASO SE PODRÁ REALIZAR ATENCIÓN AL PÚBLICO Y TODOS LOS TRÁMITES DEBERÁN HACERSE EN FORMA VIRTUAL, INCLUYENDO LOS PAGOS CORRESPONDIENTES.
- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
- Producción para la exportación, CON AUTORIZACIÓN PREVIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
- Procesos industriales específicos, CON AUTORIZACIÓN PREVIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Recordamos que;
√ Es CONDICIÓN INDISPENSABLE para todas las actividades exceptuadas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, elevar al Ministerio de Trabajo de la Provincia (protocolocovid@santafe.gov.ar) y al Municipio de Coronda (producción@coronda.gov.ar o gobierno@coronda.gov.ar, solo a uno de los dos) ), los Protocolos Sanitarios exigidos por el Gobierno de la Provincia con las correspondientes DDJJ de sus propietarios y empleados. https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/234511/(subtema)/93802
√ Ningún comercio, empresa o prestador de servicio exceptuado del Aislamiento, podrá realizar sus actividades hasta tanto no haber recibido de parte del Gobierno de la Provincia, la aceptación del Protocolo presentado y la consecuente habilitación de nuestro Municipio.
√ Todas las personas cuya actividad haya sido alcanzada por la presente Decisión Administrativa, deberán tramitar el Certificado Único de Circulación para poder asistir a sus actividades laborales y realizar la entrega de sus productos en domicilios particulares. Pág. mis trámites a distancia: www.argentina.gob.ar/solicitar-certificado-unico-habilitante-para-circulación-emergencia-covid-19
√ Asimismo, deberán cumplimentar con los alcances del Decreto Municipal que regula el Uso del Barbijo Social.