Mediante una norma provincial –la 297- creada especialmente al respecto con fecha 25 de febrero, se determinó para el Servicio Penitenciario la «Asignación No Remunerativa y No Bonificable por Ejercicio de cargo Complejo».
Esto no está destinado a la totalidad de los empleados, sino a quienes desempeñen cargos complejos que corresponden a 48 puestos en la Dirección General, administrativos superiores, Plana Mayor, conducción de cárceles, grupos especiales y específicos, sobre todo en cuanto a directores y subdirectores en cada área alcanzada por este beneficio que va de los casi 35.000 pesos hasta los poco más de 125.000.
Se desconoce si será por única vez, pero este pago corresponde al mes de enero y está justificado en los considerandos siguientes: Que en las presentes actuaciones el Director General del Servicio Penitenciario, solicita la creación de un «suplemento por ejercicio de cargo complejo» que vincule la remuneración percibida por el personal del Servicio Penitenciario con las responsabilidades de conducción operativa del organismo; Que lo solicitado reconoce su origen en el desarrollo y configuración que fue adquiriendo el sistema carcelario provincial en los últimos años, puesto que el fenómeno de la criminalidad organizada ha complejizado exponencialmente determinadas funciones del personal del Servicio Penitenciario ante el incremento de la cantidad de internos de «Alto Perfil», alojados en dependencias de este Servicio Penitenciario.
También “se menciona como antecedente normativo el Decreto Provincial N° 0560/2020 de fecha 24 de junio de 2020, a través del cual el Poder Ejecutivo creó la «Asignación No Remunerativa y No Bonificable por Ejercicio de Cargo Complejo» destinado al personal policial que desempeñe efectivamente funciones en los cargos complejos de conducción; Que la gestión encuentra asidero jurídico en la normativa vigente de la Ley N° 8183/78, la cual en su artículo 56° dispone en su parte pertinente: «… La Ley de Presupuesto fija con arreglo a los grados previstos en el Art. 24°, las retribuciones de los agentes del servicio que no puede ser inferior a la fijada para la Policía de la Provincia…»; Que ha tomado intervención el Ministro de Seguridad, prestando su conformidad para la continuidad del trámite; Que se ha brindado expresa autorización, quedando cumplimentado lo dispuesto en el Art. 5° del Decreto-Acuerdo N° 0877/90.
Que asimismo, la Dirección General de Administración del Ministerio de Seguridad informa que la presente gestión debe financiarse con economías genuinas de la Jurisdicción; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Servicio Penitenciario, sin objeciones legales que formular; Que por último, se deja establecido que el presente beneficio reviste carácter funcional, siendo su percepción inherente al efectivo cumplimiento de las funciones propias de cada uno de los complejos descriptos y se otorga en concepto de «Asignación No Remunerativa y No Bonificable»; Que la presente medida es adoptada en el marco de las atribuciones que se confieren al Poder Ejecutivo en el Artículo 72°, inc. 1) de la Constitución de la Provincia, como así también en el artículo 9 inc. a) de la Ley N° 14.070 «Ley de Emergencia en Seguridad Pública y del Servicio Penitenciario».
Si esos 48 puestos ocupan a un personal jerárquico solamente, estamos hablando de que 9 de ellos cobrarán de plus –a eso hay que agregarles sus sueldos- entre 100 y 126 mil pesos; a otros 9 entre 80.000 y 95.000 pesos; 25 entre 65 y 68 mil pesos y 5 cerca de los 35 mil. El total sería de 3.669.128 pesos.
Detalle: si ese dinero lo distribuiríamos en horas de recargo para pagar, a razón de 180 pesos cada una, tendríamos 20.384 horas extras recargo, o lo que es lo mismo 849 turnos de 24 horas.
Está claro que la legalidad no se discute de ningún modo. Tampoco se puede caer sobre los que lo cobrarán porque cualquier empleado jerárquico quisiera hacerlo en el trabajo que sea, privado o público.
Lo que asoma como con poco tacto es que esta decisión aparezca ahora, en el medio de paritarias de todos los sectores públicos, y con empleados –los famosos soldados y los administrativos- que han tenido muchos problemas para cobrar los recargos que se calculan entre 2.200 y 3.400 pesos las 24 horas y que generalmente, como mínimo, se abonan a dos meses vencidos según gran cantidad de empleados confiaron a este medio.
También habría que analizar el rol fundamental que ha tenido el trabajador carcelario durante la pandemia, arriesgando su salud por no faltar –hablamos de éstos, de los otros siempre hubo en todas las administraciones, que buscan artículos para trabajar lo menos posible por ejemplo-, entregando paquetes con posible contaminación del coronavirus en medio de la lluvia, viajando a Rosario y Santa Fe, trabajando en los recargos más álgidos 48 horas de corrido descansando 24 o haciendo 36 y 36 para volver a las unidades y encima evitar ser sancionados por si cometiesen alguna negligencia operativa.
Los administrativos también han sido recargados y sin embargo no estarían cobrando esas horas de más porque un ítem de sus sueldos los englobaría a ese exceso laboral sin pago extra.
Insistimos, que estos 48 jerárquicos obtengan un plus es un gran logro, pero de la mano y a consecuencia de eso, lo justo sería ajustar los sueldos, el valor de las horas de recargo –las OSPE se subieron un 100% para la policía y es la comparación que puede haber-, y la mayor brevedad para los pagos de esas horas de más, como mínimo.
Los jefes son fundamentales pero los soldados –en este caso los guardias y los administrativos- son los que sostienen un sistema complejo, grande, y cada vez más cuantitativo y cualitativo desde lo peligroso.