Desde el Instituto Municipal de Enseñanza Especial María Dolores Bonazzola Maciel de Etchevehere se impulsó un proyecto de ordenanza, teniendo en cuenta que los alumnos fueron invitados a conocer el Concejo Deliberante y que estamos a poco más de una semana del 40mo. aniversario de la entidad.
Como muy buena excusa, la directora de la entidad, Prof. Andrea Bersani, la docente Marta Ríos, acompañados por la Subsecretaria de Cultura, Prof. Evangelina Castillo, presentaron un proyecto de ordenanza para que sea analizado y tratado por el cuerpo legislativo relacionado con la necesidad de romper barreras físicas para las personas en sillas de ruedas y con otro tipo de discapacidad motriz sobre todo.
En clases, a los alumnos del IMEE les enseñaron lo que es un Concejo Deliberante, y ante la pregunta de sobre qué legislarían, surgió rápidamente la idea de mejorar los accesos a los edificios públicos de la ciudad.
Desde 1994 existe la Ley 24314 de protección integral del discapacitado, que modificó parcialmente la ley 22431 en la cual en el Artículo 20 ordena “la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida, y mediante la aplicación de las normas contenidas en el presente capítulo. A los fines de la presente ley, entiéndese por accesibilidad la posibilidad de las personas con movilidad reducida de gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria, sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico o del transporte, para su integración y equiparación de oportunidades. Entiéndase por barreras físicas urbanas las existentes en las vías y espacios libres públicos, a cuya supresión se tender por el cumplimiento de los siguientes criterios”.
Ante eso, desde el IMEE esto es lo que fue presentado y se denomina «Ser Ciudadano»:
VISTO:
“Cuando hablamos de accesibilidad y de adaptación persona – entorno hacemos referencia a la necesidad de utilizar con normalidad los espacios, los bienes, y los servicios con independencia más allá de la condición física, edad o habilidades de cada persona».
Si bien parece un objetivo sencillo y razonable, en el que hacer diario vemos que este equilibro no se desarrolla en normalidad. En cada salida que realizamos a la comunidad nos encontramos con falta de rampas de accesibilidad en calles y organismos del orden público y privado, dificultando la autonomía de los/las personas con discapacidad motora y/o sensorial. Muchas veces debemos bajar a la calle, ya que las veredas se encuentran en mal estado y dificultad del traslado para las personas con movilidad reducida.
CONSIDERANDO:
La existencia de la ley Nacional de “Accesibilidad de personas con movilidad reducida” Capitulo IV -artículo 1 y sus componentes 20, 21 y 22.
Cabe destacar que dichas iniciativas presentadas al Consejo se sostienen en base a la eliminación de las barreras arquitectónicas, urbanísticas, del transporte, para conseguir solucionar y ayudar a que las personas con en beneficio de todos: personas con movilidad o visión reducida, personas mayores, gocen de la mayor independencia y calidad de vida».
«Que el estado municipal debe ser el principal garante, a través de políticas publicas eficaces, del cumplimiento de las normas nacionales que promuevan la inclusión y la igualdad real de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas de la ciudad de Coronda».
Por tal motivo, el artículo único de este pedido indica: «La creación de una ordenanza que regule la construcción de rampas con las medidas y señalizaciones adecuadas en edificios públicos que no cuentan con la misma, como así también en todas las calles de la ciudad».